Dossier: Constitucionalismo Latinoamericano, Derecho Indígena y Estatal

Performatividad política y cultural: El movimiento indígena colombiano y su participación en la Asamblea Nacional Constituyente de 1990[1]

Political and Cultural Performativity: The Colombian Indigenous Movement and its Participation in the National Constituent Assembly of 1990

Mauricio Alejandro Diaz Uribe
Universidade Federal de Espirito Santo, Brasil

Performatividad política y cultural: El movimiento indígena colombiano y su participación en la Asamblea Nacional Constituyente de 1990[1]

Revista Jangwa Pana, vol. 20, núm. 3, pp. 398-417, 2021

Universidad del Magdalena

Recepción: 29 Septiembre 2020

Aprobación: 03 Agosto 2021

Resumen: Colombia entre 1990 y 1991 se insertó en un proceso de refundación constitucional que generó un clima de optimismo y apertura democrática en la realización de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), como salida a la crisis política y la violencia generalizada que enfrentaba el país. En este contexto, el 4 de julio de 1991 se proclamó la nueva Constitución que representó un punto de inflexión para la participación política de otros sectores sociales, incluidos los grupos étnicos, lo que generó una oportunidad histórica para el movimiento indígena colombiano. Este artículo describe y analiza la participación de las constituyentes indígenas a través de la revisión de sus propuestas y los modos de organización que representaban. La configuración exitosa de una performatividad de la identidad indígena, teniendo como telón de fondo las luchas históricas por la tierra, las denuncias sobre la violación de los derechos humanos y la figura de sus representantes, posicionó el discurso de la diversidad étnica y cultural como valor nodal de un estado pluriétnico y multicultural.

Palabras clave: Movimiento indígena, multiculturalismo, performatividad.

Abstract: Colombia between 1990 and 1991 was inserted in a process of constitutional re-foundation that generated a climate of optimism and democratic openness in the achievement of the National Constituent Assembly (ANC), as a way out of the political crisis and generalized violence that the country was facing. In this context, on July 4, 1991, the new Constitution was proclaimed, which represented a turning point for the political participation of other social sectors, including ethnic groups, creating a historic opportunity for the Colombian indigenous movement. This article describes and analyzes the indigenous constituents’ participation by reviewing their proposals and the organization modes they represented. The successful configuration of the performativity of indigenous identity, against the backdrop of historical struggles for land, denunciations of human rights violations, and the figure of their representatives, positioned the discourse of ethnic and cultural diversity as a nodal value of a multiethnic and multicultural state.

Keywords: Indigenous movement, Multiculturalism, Performativity.

Introducción

A la constituyente llegamos después de un largo proceso de lucha en el que debimos enfrentar tanto al Estado, como a los sectores de derecha e izquierda del país, que se negaban a reconocer nuestra existencia y los derechos que tenemos. Por eso, es importante aclarar que nuestros logros en la constituyente no fueron un regalo del gobierno; allí solo recogimos lo que veníamos sembrando a costa de gran dolor, lágrimas, cárcel y la muerte de muchos de nuestros dirigentes. Contamos, sí, con un sinnúmero de personas no indígenas de toda Colombia, sin cuyo apoyo nunca habíamos podido tener acceso a ese espacio. Pero nada fue gratuito. Lorenzo Muelas. Constituyente indígena[2]

Este artículo propone describir el proceso por el cual los líderes indígenas y sus organizaciones participaron en la Asamblea Nacional Constituyente (ANC, 1989-1990) que inauguró una nueva fase del Movimiento Indígena Colombiano (MIC) en un periodo crítico de ilegitimidad del Estado y su sistema político. En el aspecto teórico-metodológico realizamos un análisis de contenido histórico que indaga las principales demandas, reivindicaciones, testimonios y discursos de los constituyentes indígenas y su performance o puesta en escena en el seno del poder jurídico colombiano, desde la perspectiva de su organización más importante: la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC). En este sentido, revisamos los principales documentos oficiales (memorias del tercer congreso indígena de 1993) junto a su medio de expresión más importante: el periódico Unidad Indígena (UI).[3] Estas fuentes históricas nos posibilitaron identificar las principales temáticas y debates que registraba el movimiento indígena colombiano en torno a su participación y protagonismo en la consecución de la Constitución Política de 1991.

El marco general de este texto es la participación indígena en el nuevo constitucionalismo latinoamericano a finales del siglo XX (Assies, 2005). Frente al estado del arte, la mayor parte de los textos académicos sobre la historia de los pueblos indígenas desde los movimientos sociales en Colombia es escrita por antropólogos y, en ciertos casos, por sociólogos. La literatura más extensa sobre los movimientos indígenas en Colombia proviene de la antropología colombiana, norteamericana y francesa. Igualmente, es bueno aclarar que la historia de los primeros levantamientos y luchas de los indígenas en Colombia y Latinoamérica está escrita desde la resistencia a la conquista y la colonización española, y posteriormente la conformación de la República y la Nación mestiza en el siglo XIX (Pineda, 1989). En el caso sobre la constitución de 1991 y la ANC, hay un sin número de estudios desde la ciencias políticas, jurídicas y sociológicas. Para el caso de este artículo y el periodo estudiado, el nuevo constitucionalismo multicultural latinoamericano y el movimiento indígena a finales del siglo XX, destacamos los trabajos del antropólogo francés Cristhian Gros (2010). En particular, existen pocos trabajos investigativos desde la disciplina histórica, principalmente, centrados en la influencia del movimiento indígena colombiano y sus representantes en la constituyente de 1990. Se destacan los trabajos de la socióloga francesa Virgine Laurent (2005) y el antropólogo colombiano Mauricio Caviedes (2008). Frente a la temática de la ANC y las organizaciones indígenas en Colombia, nuestro aporte al tema es la relevancia de las fuentes documentales provenientes de las organizaciones indígenas y los testimonios de los constituyentes desde un marco historiográfico y antropológico.

Colombia y el proceso constituyente de 1990

Tras una crisis política sin precedentes por la muerte de varios candidatos presidenciales para el periodo de 1990-1994[4], la indignación de la sociedad colombiana y la presión por parte de los sectores sociales y políticos generó la necesidad de reformular la constitución colombiana a través de una Asamblea Nacional Constituyente.[5] Está reformulación constitucional fue la vía de salida de la profunda crisis de un Estado históricamente débil que nuevamente se encontraba en estado de sitio, esta vez por el incremento de la guerra sucia y la incorporación de la economía del narcotráfico en las estructuras políticas del Estado.[6] Esta situación de incertidumbre llevó a los sectores intelectuales, políticos y sociales a la necesidad de repensar el país y terminar al menos de manera formal con la exclusión histórica de otras formas de organización social y política, impuesta desde el periodo conocido como el Frente Nacional.[7] Así, la sociedad colombiana liderada por el movimiento estudiantil promueve la necesidad de una constituyente con la intención de incluir democráticamente otros sectores sociales del país, y posibilitar un acuerdo político que conllevara el fin de la violencia generalizada.[8]

La tarea de la ANC consistió en crear una nueva “Carta Magna” que definiera una nación nueva, basada en la inclusión social y democrática, un nuevo pacto social y una reestructuración política bajo otros modelos participativos de representación. El optimismo y la esperanza en una democracia plena, basada en la participación política de sectores sociales y populares históricamente marginados, parecía ser la carta de salvación frente al aumento, por un lado, de la pobreza y la desigualdad social, y el incremento del conflicto armado en los territorios rurales, por el otro. Al igual que los países de la región, esta promesa de paz y refundación iba en paralelo con la implementación de reformas económicas neoliberales, que imponía la incorporación de inversión extranjera y la liberación de mercados. De este modo, los cambios constitucionales y estructurales se sostuvieron desde políticas de apertura económica neoliberal, y contaron con el apoyo de sectores empresariales nacionales e internacionales.

Paradójicamente, la salida constitucional de la crisis política y económica en Colombia durante la década de 1990 posibilitó que los movimientos sociales y las recién desmovilizadas guerrillas participaran “democráticamente” en la consecución de una constituyente que era supuestamente incluyente de sectores sociales siempre excluidos de la política representativa nacional.[9]

La ONIC y el reconocimiento de los derechos étnicos en la constitución política de 1991


Figura 1

El póster hace parte del Tercer Congreso Nacional Indígena convocado por la ONIC entre el 25 y el 30 de junio de 1990 en Bogotá, donde se dispuso como tema central la participación en la constituyente y además se adecuaron las metodologías y las actividades impulsoras para configurar propuestas y elegir sus respectivos representantes.

Fuente: Organización Nacional Indígena de Colombia, 1990.

Como lo declara Lorenzo Muelas (2012), la participación del MIC en la consecución de una nueva carta magna significó una oportunidad histórica para la lucha indígena. Con la nueva constitución de 1991 Colombia dejó de considerar a los indígenas como menores de edad y reconoció por fin su rol histórico en la diversidad cultural en la formación de la nación. Durante este periodo, indiscutiblemente la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) incrementó su protagonismo político en relación con el Estado y la sociedad nacional. Contradictoriamente a su ideario de “unidad” y al acercamiento con las comunidades locales, el proyecto constituyente en un primer momento significó para la ONIC el incremento de las tensiones y las luchas internas por la participación en la asamblea. Esto conllevó que renunciara a convertirse en un partido político, y más bien apoyara la creación de estos, legitimando la elección de sus representantes en el proceso electoral. Esa situación para algunos se debió a las divergencias en el seno (organizaciones amazónicas versus andinas) de la misma organización.[10]

A pesar de estas tensiones dentro de la organización, se puede decir que la ONIC tuvo un papel primordial en las propuestas y configuraciones acerca del reconocimiento de los derechos étnicos en la ANC. Las memorias de su tercer congreso (1990) señala reiterativamente que las conquistas y los logros no eran el objetivo final de la lucha indígena, sino el medio para avanzar en nuevos logros para el movimiento indígena. Las conclusiones y los mandatos demuestran una época compleja por la cantidad de problemáticas: el surgimiento de conceptos y la amplitud de temáticas como la medicina tradicional, el fortalecimiento cultural, los derechos de la mujer y la familia indígena, las relaciones internacionales y de frontera, la autonomía y el gobierno propio, los mecanismos paulatinos para la descentralización en municipios con población indígena, la creación de fondos que garantizaran su aplicación y el desarrollo propio como base de la economía son solo algunas propuestas que alimentaron el debate durante el congreso y que después orientaron las propuestas en la constituyente.

Además, la ONIC logró superar las tensiones sobre la elección de los constituyentes indígenas, colocando un representante de forma directa, aunque no directamente como partido político indígena, sino más bien como ideólogo y recopilador de las ideas surgidas desde el congreso.[11] Ya en 1989, el Estado colombiano, en concordancia con los artículos séptimo y octavo de la Constitución, había ratificado el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).[12] La solicitud con urgencia de un nuevo acuerdo político por la sociedad colombiana se configuraba como una carta de salvación para un Estado débil e insostenible por la falta de regulación de la violencia política de los actores armados. La guerra sucia, configurada por la agudización del conflicto armado entre el Estado, las guerrillas insurgentes y los ejércitos paramilitares asociados al narcotráfico, incrementó la violencia contra la población y las comunidades indígenas. Así lo relata, por ejemplo, el principal periódico de la organización Unidad Indígena en 1989:

Las comunidades indígenas constantemente son militarizadas, bombardeadas, se hacen requisas y se controlan los alimentos. Varios de nuestros compañeros han sido torturados, desaparecidos o asesinados, luego se justifican esas acciones diciendo perseguir a la guerrilla o irresponsablemente nos tilda de subversivos. Esto lo hemos denunciado en los diferentes espacios de los derechos humanos, como tan bien en la Procuraduría General de la Nación, sin tener respuestas concretas, y lo que es peor, no existe un solo detenido por estos hechos. En lo que va corrido del año 1988 y 1989 hemos verificado 300 asesinatos, 30 detenciones, 200 desaparecidos y 7 masacres ocurridas en los departamentos de Cauca, Córdoba, Amazonas, Caldas, Nariño, Choco y Guainía. Hechos en los que han tenido que ver los estamentos militares y paramilitares que cuentan con el apoyo del gobierno nacional. El número de asesinatos resulta bastante alto con respecto al total de la población colombiana. Pues constituimos con el 2 % de la población, con más de un centenar de etnias en el territorio nacional. (ONIC, octubre de 1989a, pp. 8-9)

Estas declaraciones se hacían en el encuentro de damnificados por la guerra realizado en Bogotá, el cual agruparía las preocupaciones y demandas por la paz de diferentes organizaciones sociales, y contaría con la presencia de organismos de derechos humanos nacionales e internacionales. La guerra sucia que sufría el país sustentaba la necesidad de un cambio y una reforma política hacia una verdadera democracia. Las denuncias indígenas delinearían el acercamiento de la ONIC con otros sectores populares y sociales en el marco por la defensa, la libertad política y el derecho humanitario (ONIC, 1993). Además de este clima de impunidad y violencia que denunciaba la ONIC, se registraba en su periódico un llamado más fuerte a la unidad y a la resistencia. Las noticias sobre encuentros, congresos y seminarios de los líderes indígenas donde aparecían nuevos cabildos y organizaciones regionales se mezclaban con el seguimiento a las diversas movilizaciones indígenas en el continente latinoamericano, en torno a la campaña de resistencia étnica y popular en contra de las celebraciones del aniversario del descubrimiento de América:

La celebración del quinto centenario es una agresión política, ideológica y cultural, que está buscando legitimar el colonialismo de ayer y hoy” con estas palabras del indígena ecuatoriano, Luis Maldonado se inició la rueda de prensa donde se ratificó, la convocatoria del encuentro latinoamericano de organizaciones indígenas y campesinas que se llevara a cabo del 7 al 12 de octubre próximo. Este evento busca centralizar y unificar las diversas dinámicas que las organizaciones populares vienen impulsando en los diferentes países de América latina, de cara a los 500 años de dominación y explotación. A si mismo se busca abrir un espacio de reflexión y respuesta conjunta a los grandes desafíos del presente. Que agobian a estos pueblos. La campaña de autodescubrimiento de américa es una campaña que viene impulsando la ONIC desde finales de 1987, que no solo haga el rechazo de las festividades que prepara España para 1992, sino que también se haga una mirada a lo que tenemos como alternativas propias para solucionar nuestros propios problemas. El encuentro latinoamericano ha sido convocado por organizaciones campesinas e indígenas de Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil y Colombia. (ONIC, octubre de 1989b, p. 10)

La campaña de autodescubrimiento promovida por la ONIC desde finales de los años de 1980 tenía como objetivo, principalmente, rechazar la celebración triunfalista de los 500 años del descubrimiento de América. Esta fecha, según ellos, en realidad significa el inicio de la invasión de sus tierras, el despojo de sus recursos naturales y la negación de su identidad étnica y cultural, lo que causó el genocidio de las comunidades indígenas (ONIC, mayo de 1990a). La crítica y reflexión sobre el significado del quinto centenario marcó los inicios de la solidaridad, el conocimiento y la asociación de las demandas y reivindicaciones de las diferentes organizaciones indígenas del continente latinoamericano, además de retomar y valorizar la memoria histórica de los procesos de lucha y resistencia indígena, donde se podía escuchar la vos de un pensamiento amerindio por tanto tiempo silenciado.[13]

El proceso de participación en la ANC fue tomado muy seriamente por las organizaciones indígenas. Esto se demuestra al revisar las memorias del tercer congreso celebrado antes (aproximadamente 1 año y seis meses) de ser instalado el 5 de febrero de 1991. La constituyente fue el tema central para la ONIC y, además, se adecuaron las metodologías y actividades impulsoras para configurar propuestas y elegir sus respectivos representantes.[14] También lo apreciamos en los sucesivos editoriales del periódico UI a cargo del Comité Ejecutivo de la ONIC, que expresaba una perspectiva de esperanza y optimismo, “una oportunidad histórica” no solamente para los indígenas sino para los otros sectores populares históricamente excluidos. No obstante, también se aprecia cierta preocupación, incógnitas y críticas sobre la manera de vinculación al proceso. La editorial de Unidad Indígena lo describe así:

Durante el Tercer congreso se había considerado la importancia de participar en la Asamblea Nacional Constituyente aclarando que esta debía representar todos los intereses de la nación y debería ser autónoma y soberana para hacer los cambios que el país requiere. Pero el acuerdo político a que llegaron los partidos tradicionales con el visto bueno de la AD-M19 le puso serias limitaciones a la constituyente, por lo que la ONIC vio que esta no tendría el carácter democrático que todos habíamos esperado. Entonces la ONIC llamó a sus afiliados para discutir el tema y decidir la participación. Luego de debatir durante tres días con la participación de 14 regionales, 16 zonales y 7 locales se determinaron exigirle al gobierno un tratamiento especial para los indígenas. Estas condiciones especiales eran la participación directa o una circunscripción especial, que fueron apoyadas por las organizaciones mediante marchas e incluso la ocupación de la oficina de asuntos indígenas. Pero fue en vano porque el gobierno fue inflexible. Fue entonces que las mismas regionales comenzaron entonces a exigirle a nuestra organización nacional que aceptáramos el reto y le presentáramos al país nuestros propios candidatos y propuestas. Actualmente hay mucha receptividad frente a los indígenas colombianos y confirmamos que nuestros amigos no nos dejen solos esta vez. Queremos democratizar el país y trabajar por una Colombia pluralista donde quepamos todos los excluidos con el esfuerzo de todos, nuestros representantes irán a esta asamblea a defender estos derechos y el pueblo colombiano podrá confiar en ellos. (ONIC, mayo de 1990b, n. 95, p. 2)

El reto para las organizaciones indígenas implicaba de manera novedosa y vertiginosa entrar en una contienda electoral con diferentes obstáculos como, por ejemplo, la falta de documentación de los indígenas para ejercer su voto y contabilizarlos, los pocos medios y recursos para generar las campañas, y los problemas o los enfrentamientos que se podían presentar entre las diferentes organizaciones y sus líderes.[15] Sin embargo, a pesar de estas dudas y preocupaciones, la ONIC y el MIC en general se encaminaron hacia la constituyente con un entusiasmo inusitado, convencidos de que allí se jugaban muchas de las reivindicaciones y demandas históricas adelantadas 20 años atrás y de alguna manera no podía perderse tal ocasión.[16]

Los constituyentes indígenas


Figura 2

Los constituyentes indígenas: Lorenzo Muelas a la derecha, seguido por Alfonzo Guzmán y abajo Francisco Rojas Birry.

Fuente: ONIC, 1991, n. 99. p. 1.

¡Tenemos constituyentes! Se titula el periódico Unidad Indígena en su número 99 (el principal medio de expresión de la ONIC), inaugurando lo que para la dirigencia indígena sería un nuevo ciclo del movimiento indígena colombiano y sus relaciones con el Estado y la sociedad colombiana.[17] Para la ONIC, la participación en la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de 1990 en la cual se expidió la Constitución Política de 1991 quizás fue el suceso más importante en el transcurrir del Movimiento Indígena Colombiano (MIC) en el siglo XX. Esto implicó la entrada de un actor étnico a la política a nivel nacional y a la cultura política y tradicional. Este fue un reto no solamente para el movimiento indígena, sino también para el Estado colombiano, ya que se basaría ante todo en asumir una realidad sociológica, largamente negada por la élite política en el pasado: el carácter diverso, étnico y cultural de la nación.

Durante el proceso constituyente (1989-1990), los candidatos indígenas adquirieron protagonismo en los medios de comunicación nacionales por sus propuestas cada vez más alineadas con otras demandas de sectores, tales como el campesinado o las comunidades afrocolombianas (Caviedes, 2008). También, se incentivaron las alianzas de los partidos indígenas con otros sectores políticos regionales. Esta situación conllevó que, para la década de 1990, las organizaciones indígenas se configuraran como un sujeto y actor político influyente en las reformas políticas y los nuevos escenarios de la descentralización y gobernabilidad estatal. Lo anterior condujo a un cambio en la representación e imagen de los indígenas frente a la sociedad nacional y marcó cierto respeto desde otros sectores intelectuales y políticos por una identidad étnica que se veía como positiva y propositiva. Así, el proceso por el cual se insertaron las propuestas del movimiento en la ANC se personificó en la performatividad o el accionar (discursos y prácticas) de los representantes indígenas, que le dieron una notoriedad especial, dirigida o encauzada hacia la consecución de derechos étnicos y colectivos específicos.

Por primera vez en la historia de Colombia y Latinoamérica, dos de las cincuenta constituyentes elegidas eran indígenas y participarían activamente en la creación de una constitución política nacional.[18] Las constituyentes indígenas elegidos eran Lorenzo Muelas Hurtado, indígena misak, perteneciente al movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia (AICO); Francisco Rojas Birry, representante de la ONIC y perteneciente a la comunidad emberá ubicada en el Pacífico colombiano, y, adicionalmente en calidad de observador, Alfonzo Guzmán, en representación del Movimiento Armado Quintín Lame, grupo recientemente desmovilizado.[19] Para el sociólogo francés Cristhian Gros (2010), el triunfo de la participación indígena en realidad significaba un voto de opinión de las poblaciones urbanas en apoyo al movimiento indígena, y al mismo tiempo una crítica y sanción al sistema político tradicional. Según el autor, la presencia indígena contribuyó a legitimar la consecución de la ANC.

Los indígenas elegidos constituyentes utilizaron diferentes maneras y repertorios para hacer oír su voz. A continuación, describiremos como fue este proceso desde los discursos y ponencias de los constituyentes indígenas en la ANC, enmarcados en el accionar de una “performatividad de la etnicidad” en el sentido de Bhabha (2002). Es decir, una identidad instrumentalizada por los representantes indígenas aprovechando cierto fetichismo o exotismo de su condición étnica estereotipada.[21] Para nosotros, este proceso de redefinición étnica tiene un carácter performativo de la cultura; o sea, el mundo simbólico tiene la capacidad de influir activamente sobre la producción de realidad social y transformar las esferas económicas, políticas y sociales “naturalizadas” o representadas como reales. Así, Bhabha (2002) invita a pensar otra concepción no materialista de la historia, no desde el campo de la diversidad cultural (como lo supondría el multiculturalismo), sino desde la diferencia que se mimetiza.

Rojas Birry: vocero de los excluidos

“Vocero de los excluidos” tituló UI en su número 95 a la elección de Francisco Rojas Birry como representante de la ONIC en la Asamblea Constituyente; allí el periódico informa sobre los objetivos de su participación y describe los diferentes viajes y reuniones no solo con las comunidades indígenas y organizaciones regionales, sino también con las organizaciones negras o afrocolombianas, especialmente del Pacífico colombiano. Rojas Birry fue elegido superando otras candidaturas que proyectaban otras alianzas políticas, principalmente con las organizaciones indígenas de los Andes y la Amazonia colombiana. El constituyente perteneciente a la etnia emberá tenía la ventaja de que provenía de las organizaciones étnicas del Pacifico (OREWUA), que de alguna forma se mantenían alejadas de los conflictos dentro de la propia ONIC. Además, se le unió el movimiento negro del Pacífico y posteriormente el de San Andrés y Providencia Islas en el litoral Caribe (ONIC, marzo de 1991). Así, Rojas Birry fue nombrado como “la voz de los que no tiene voz” dentro del proceso de la Constituyente. El representante indígena no solo oficiaba y era el portavoz oficial de la organización nacional, siguiendo las propuestas recogidas en los comités pro-constituyente generados desde el tercer congreso nacional, sino que también representaba otros sectores populares, especialmente el afrocolombiano. En ningún momento el periódico UI mencionó al otro candidato —Lorenzo Muelas, representante de Autoridades Indígenas de Colombia – AICO—, ni el modo en que se eligieron ni la cercanía de sus propuestas. Este hecho evidenció la ruptura de estas organizaciones, aunque nunca se presentaron ante la ANC y la sociedad nacional como antagonistas (ONIC, noviembre de 1990).

En la apertura e implementación de la ANC, el 21 de febrero de 1991 Francisco Rojas Birry trató de evocar la voz de todos al nombrar los diferentes líderes indígenas del pasado, como Quintín Lame, la cacica Gaitana, los líderes de las comunidades negras, y los dirigentes de izquierda y excandidatos presidenciales recientemente asesinados: Bernardo Jaramillo de la Unión Patriótica UP, Carlos Pizarro exintegrante y líder del M19 y el excandidato liberal Luis Carlos Galán Sarmiento (ONIC, marzo de 1991). De esta forma, se posicionó, más allá de las reivindicaciones indígenas o étnicas, en las demandas de otros sectores sociales, y logró contextualizar e insertar las luchas indígenas en la historia de la violencia política y social colombiana al señalar de forma vehemente la continua agresión contra los indígenas ocurrida en la víspera de la ACN. De dicha agresión habló, por ejemplo, de la muerte del líder indígena Arhuaco Luis Napoleón Torres perteneciente a la Sierra Nevada de Santa Marta (ONIC, marzo de 1991).

Aunque en sus intervenciones Rojas Birry recopilaba las demandas históricas de los sectores populares como la reforma agraria, la reivindicación de las libertades políticas y derechos civiles, y la participación democrática como base para alcanzar la paz, es notorio que no dejaba de lado las reivindicaciones indígenas. Desde la ONIC, la agenda política de Rojas Birry y sus asesores jurídicos, presentaron dos propuestas o proyectos reformatorios de la Constitución Política: la primera propuesta fue “La Colombia que queremos”,con la que expuso el ideario del movimiento indígena acerca de la formación de un verdadero Estado de derecho, democrático, participativo, plural, justo, en paz y respetuoso de los derechos individuales y colectivos. La segunda propuesta, titulada “Tierra, Autonomía y Cultura”, se basó principalmente en una descolonización jurídica de las leyes indígenas provenientes desde la República (ley 89 de 1890)[22]. Esta contenía la vanguardia sobre derechos étnicos en el concierto internacional y el reconocimiento del carácter pluriétnico y multicultural del pueblo colombiano:

Por eso nos parece fundamental que el artículo primero de la nueva constitución se consagre al reconocimiento del carácter multiétnico y pluricultural del pueblo colombiano […] nuestras demandas de reconocimiento se propusieron la consagración del principio de autonomía, en virtud del cual se reivindica la autodeterminación de nuestros pueblos y el carácter colectivo de la propiedad de los territorios indígenas con el fin de hacer respetar nuestras propias formas de gobierno, tradiciones, usos, costumbres y prácticas. (Rojas Birry, 1991, p. 15)

La ponencia también subrayó “los derechos de los grupos étnicos”. En ella afirma la importancia de reconocer un derecho global a la cultura, registrado en uno de los artículos que fueron presentados en la subcomisión segunda de la ANC y que en su texto indica:

Artículo 33., Del derecho a la cultura. La cultura en sus distintas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado garantiza la participación plena e igual de todas las personas en la vida cultural y científica. Se reconoce la identidad y dignidad de todas las culturas y lenguas que conviven en el país y el derecho a cada comunidad de preservar y reafirmar su identidad cultural” (Rojas Birry, 1991, p. 54).

A partir de este postulado se introdujo la necesidad de efectuar un reconocimiento por los derechos especiales de los grupos étnicos, que se remitía a la idea de derechos colectivos de los pueblos indígenas, en especial los derechos a la identidad étnica y a la autonomía. Acorde con la visión de las organizaciones indígenas, en las palabras de Rojas Birry (1991), se debían reconocer cuatro derechos fundamentales: identidad cultural, autonomía, propiedad territorial y participación política. La libre determinación tenía una connotación amparada en el reconocimiento de derechos colectivos que reflejan “la totalidad antropológica y social de la comunidad como realizaciones colectivas que se han construido generación tras generación, revelando a su vez toda una adaptación al medio natural y de organización interna acorde con el propio significado de la vida” (Rojas Birry, 1991, p. 3). Estas propuestas constituyeron un importante avance y lograron la visibilidad necesaria para el recibimiento y conceptualización de la diferencia cultural como principio de la diversidad, que darían las bases para el pluralismo jurídico discutido y constituido formalmente en la Constitución Política de 1991.

Lorenzo Muelas y el Derecho Mayor

Una de las figuras más importantes del Movimiento Indígena Colombiano y que logró gran visibilidad por su trabajo y representación en el proceso constituyente de 1989 y 1990, sin duda fue el líder y dirigente indígena Lorenzo Muelas Hurtado. El Taita Muelas, como singularmente se le conocía, con su falda morada, su sombrero de fieltro negro y su ruana, no solamente se destacó como una de las figuras más influyentes en la Asamblea Nacional Constituyente, sino que también fue uno de sus más críticos después de la implementación en la CP de 1991. Para conocer de dónde surgen esas críticas de la constituyente indígena, es bueno detenernos en sus discursos y acciones en la ANC y sus principales textos que expresaron su sentir después de tal participación.

La figura del Taita Muelas fue legitimada gracias a su trabajo de base local con los diferentes cabildos andinos y la fuerza de su trayectoria política, al participar en la creación del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) y al ser posteriormente gobernador del Cabildo de Guambia, en 1985, uno de los más importantes del Cauca. Lorenzo Muelas, gracias a su discurso beligerante apoyado en su fuerte personalidad, se convirtió, por elección de las comunidades indígenas de Colombia, principalmente del Cauca, en el representante más fiel en la ANC. La organización Autoridades Indígenas del Suroccidente ­- AISO, del cual procedía, se convirtió en el partido indígena AICO (Autoridades Indígenas de Colombia), y su programa de propuestas se basó en las ideas de autonomía y autodeterminación para implementar un gobierno propio en sus territorios desde las autoridades indígenas.[23] La figura del Taita Muelas en la ANC fue novedosa: con sus atuendos originarios, sombrero, ruana y falda marcó un hito en la acostumbrada imagen desgastada de la política tradicional colombiana. Su discurso, primero en lengua y después en español, interpelaba a la audiencia en un tono que incomodaba, y acusaba a las élites políticas tradicionales. Según Laurent (2005), gracias a sus asesores, el Taita consiguió el apoyo y la alianza de sectores más progresistas, como la del sociólogo e investigador Orlando Fals Borda y el jurista Santiago Peña, quienes articularon los discursos de Muelas y la perspectiva de la acción colectiva indígena con otros discursos compatibles del derecho internacional humanitario.

Muelas, a través de la lucidez de sus discursos, narra cómo después de 500 años llegó el momento del “despertar del indio”, momento en el cual el indio se hace consciente de la riqueza de su cultura contenida en lo que él llama “El Derecho Mayor”: “Es un derecho vernáculo nacido de la tierra y de la comunidad, que se transmite de generación en generación, y que es conocido por los juristas, los gobernantes y en general por los colombianos” (Muelas, 2000, p. 102) Este concepto, según algunos analistas internacionales, posibilitó ir más allá del multiculturalismo constitucional neoliberal y sentó las bases del derecho consuetudinario, que décadas más tarde se desarrollaría en los derechos universales de los pueblos indígenas:

El Derecho Mayor es considerado por nosotros como un derecho nacido de la tierra y la comunidad, por haber existido nosotros por miles de años en este continente y habernos expansionado en él y en todos los campos: científico, político, tecnológico; eso que hemos sido, nos ha creado esas condiciones, nos ha creado ese derecho. Por eso, pensamos que si estoy hablando de la existencia de los pueblos indígenas en este continente desde hace más de treinta mil años, tenemos un derecho adquirido por ley natural, por una constitución natural, y eso mucho antes que existiera en Colombia la que llamamos la ley, la constitución de 1886, pues nosotros ya lo teníamos antes de que llegaran los conquistadores españoles (Muelas, 2012).

Además del concepto el Derecho Mayor, sobresale el tema de la autonomía indígena al articularla al de la libre determinación de los pueblos indígenas, estipulado en el convenio 169 de la OIT. Muelas también introduce reflexiones sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas: especifica los derechos territoriales y demanda el reconocimiento de la administración autonómica de los resguardos indígenas y la protección de los recursos naturales incluidos en ellos, a lo cual el Estado accedió aunque se reserve el tema del subsuelo. La propuesta de Muelas y su equipo fue el ejercicio de una normatividad jurídica, política y comitiva indígena en igualdad de jerarquía con los jueces y magistrados del Estado. De allí surge la jurisprudencia especial indígena y el desarrollo del pluralismo jurídico (Santamaría, 2013).

Sin embargo, como lo afirma el Taita años después, este proceso no fue fácil y casi lo pierde por el grado de inocencia y confianza que tenía él y el MIC en la constituyente. Entonces, recuerda cómo casi tres días antes de finalizar las sesiones en la mesa de redacción se dio cuenta de que:

Nos habían robado todo lo que habíamos logrado en cinco meses… Cuando el proyecto definitivo llegó, casi todos los artículos que habíamos introducido habían desaparecido, aunque teníamos el apoyo de varios delegados. Tres días antes las comunidades habían retornado a los territorios confiando en el proceso. (Muelas, 2002).

Muelas afirma que él tuvo que denunciar al país la manipulación, y tras una ardua confrontación con el gobierno se lograron los cambios propuestos en el documento final. El trabajo del Taita Lorenzo en la ANC desarrolló toda una política de la memoria encauzada en las denuncias sobre la terrajería,[24] el racismo y la usurpación de las tierras de sus ancestros; y las luchas históricas por la recuperación de los territorios indígenas. Además, el concepto de Derecho Mayor posibilitó amalgamar un discurso dentro de la constituyente alrededor del fortalecimiento de los cabildos indígenas, la recuperación de tradiciones y el discurso sobre la necesidad de luchar por una libre determinación de sus culturas y formas jurídicas en relación con sus usos y costumbres (Jimeno, 2014). El Taita se apropió de un lenguaje internacional sobre derechos humanos y constitucionales y direccionó las reflexiones sobre una lucha histórica en el marco de constitucionalidad internacional sobre derechos étnicos y territoriales.[25]

Performatividad étnica, política y cultural

La performatividad estratégica de la etnicidad colombiana fue expresada en cada una de las ponencias y discursos en las correspondientes sesiones o encuentros asambleístas, además de la representación y los imaginarios desde los medios de comunicación alrededor de los constituyentes indígenas. Podemos definir en principio esta puesta en escena de los dirigentes indígenas como una manera discursiva desde la etnicidad, una manera diferenciada, instrumental y efectiva. Por ejemplo, Muelas la utilizaba desde su vestimenta, el hablar en su lengua nativa misak y después en español; en el contenido, evocaba las memorias de la resistencia indígena en el Cauca. Esto le supuso cierta legitimidad al apropiarse del estereotipo del indígena histórico y beligerante, pero encauzado en una forma positiva de representación, siempre entre el distanciamiento de la política tradicional colombiana y el acercamiento con la sociedad nacional. Estoy dio paso a la hibridez o a ese espacio alterno basado en el mimetismo que quiebra el discurso colonial.

Para Bhabha (2002), el mimetismo perturba a la autoridad colonial, pues “es lo mismo, pero no exactamente”. Así mismo, la intención del mimetismo es “normalizar” al sujeto colonial, pero siempre como una figura incompleta o parcial que provocará temor y amenaza. El mimetismo colonial tiene objetivos estratégicos y políticos que Bhabha (2002) llama “metonimia de la presencia”, según lo cual se representa la identidad de forma anómala y se produce un “retorno de lo reprimido”, pero también es una forma de fijar la diferencia colonial. El mimetismo da paso a la hibridez con la que se pone en crisis el propio discurso colonial, “pues se dará una autentica separación entre los dominados y dominadores” (p 112-115). Esta hibridez se expresó en la ANC cuando los líderes indígenas utilizaron los discursos y las acciones que configuraban su diferencia radical frente a la tradicional cultura política que los recibía, pero a su vez dialécticamente los aproximaba a otros sectores sociales excluidos del accionar político, lo cual era bien recibido por la sociedad mayoritaria. Esa performatividad estratégica que en momentos apelaba al estereotipo del indígena campesino luchador y confrontador, utilizado por Muelas, se alineaba con el mimetismo que acompañaba la figura de Rojas Birry, indígena emberá, con cabello largo, proveniente de una de las regiones más marginadas y lejanas del imaginario nacional (Pacífico). Sin embargo, simultáneamente se presentaba como un abogado egresado de la universidad pública y conscientemente aliado de los movimientos afro del país. Ese mimetismo, como afirma Bhabha (2002), lleva a la hibridez cultural.

Los medios de comunicación colombianos proyectaban un MIC homogéneo, representado en sus dos constituyentes, que, sin embargo, provenían de organizaciones diferentes: Francisco Rojas Birry, desde la ONIC, y Lorenzo Muelas, desde la AICO perteneciente al Cauca.[26] El proyecto político multicultural de Rojas Birry, proveniente de las tierras bajas, velaba por una representación mucho más abierta y encauzada en las alianzas con otros sectores étnicos (comunidades negras). Se apoyaba en los conceptos de la cultura y la pluralidad. Mientras tanto, el proyecto de Lorenzo Muelas era más particularizado en lo étnico y lo tradicional (el cabildo y el resguardo), que demandaba las luchas por la tierra y los intereses de las comunidades andinas, configurándose desde el respeto hacia las autoridades tradicionales como bastiones del Derecho Mayor. Esta representación se mantuvo con grados de exotismo en dos indígenas que provenían de diferentes regiones y etnias (Muelas, misak de la región Andina, y Birry, emberá de la selva del Pacífico), por sus historias de vida, su formación académica y los viajes como constituyentes a otras comunidades indígenas por el país.

Rojas Birry, desde la ONIC, y Muelas Hurtado, desde la AICO, configuraron dos perspectivas diferentes y complementarias en la consecución e incorporación de las propuestas legislativas desde las organizaciones indígenas que representaban. Además, consiguieron alianzas con otros sectores progresistas y fueron acompañados por equipos jurídicos mixtos (indígenas y no indígenas) que lograron articular y movilizar las exigencias y propuestas del movimiento indígena con los discursos y temáticas jurídicas internacionales (Santamaría, 2008). Las de ellos era propuestas diferentes porque cada uno representaba dos generaciones de líderes indígenas y provenían de distintas experiencias organizativas; por lo tanto, proyectaban otras formas de legitimación de esa representatividad. Es decir, mientras Rojas Birry, indígena emberá, asociado a las organizaciones indígenas del Pacífico colombiano, pertenecía a la segunda generación de líderes indígenas con formación universitaria (abogado egresado de la Universidad de Antioquia) y un amplio lenguaje técnico, jurídico y administrativo; Lorenzo Muelas, por su parte, pertenecía a la primera generación, y su larga experiencia en la militancia del movimiento indígena caucano justificaba su accionar y el don de la palabra cuestionadora (siempre en lengua nativa, luego en español) apelando a la fuerza de la movilización y a su figura fuerte y su vestimenta como legítimo representante de las autoridades tradicionales. Igualmente, sus propuestas eran complementarias porque estas voces indígenas, aunque representaban proyectos políticos muy diferentes, terminaron presentándose a la sociedad nacional como homogéneas. El proyecto de unidad de los indígenas sobresalió desde las alianzas entre las organizaciones indígenas (ONIC-AICO), tratando de minimizar las diferentes divergencias históricas dentro del movimiento indígena. Por otro lado, también lograron aproximar las propuestas, reacomodándolas y convergiendo con los debates sobre derechos étnicos y culturales de minorías provenientes de los escenarios internacionales.

Estas dos formas de representación de la etnicidad ante el escenario político colombiano le confirieron una efectiva legitimidad y exitoso protagonismo a la causa indígena en el desarrollo de la asamblea constituyente. Por otro lado, legitimó la capacidad de aglutinar semejanzas de las propuestas indígenas con las demandas de la sociedad nacional, lo que le otorgaba confianza y receptividad para la aceptación de los derechos étnicos discutidos y finalmente promulgados.

La Constitución Política (CP) de 1991 garantizó tres tipos de derechos: en primer lugar, los derechos culturales que consisten en el reconocimiento del pluralismo étnico y cultural, el respeto a las lenguas y el derecho a una educación bilingüe e intercultural. En segundo lugar, el Estado reconoce las fuentes múltiples de la identidad nacional y deja de reconocer como oficial la iglesia católica. Este punto es fundamental, ya que históricamente las comunidades indígenas desde la ley de 1890 estuvieron bajo su tutela oficial. Además, incluye el reconocimiento de sus autoridades tradicionales desde el concepto del derecho tradicional o consuetudinario. Y como tercero, destacamos las normas de orden constitucional de 1991 vinieron a darle un carácter de gran estabilidad y legitimidad a la propiedad colectiva indígena: los resguardos. Estas connotaciones dadas por la CP a la propiedad indígena se inspiraron en buena parte en el nuevo carácter de territorio (como espacio de vida de un pueblo) que le otorgó el Convenio 169 de 1989 a la propiedad indígena. Pero, por otro lado, buscaron el reordenamiento territorial y el proceso de descentralización administrativa que reestructuraba el Estado.

Esto se comprueba en los derechos de autogestión o autonomía, reconociendo a los territorios indígenas como entidades territoriales (ETIs), con las funciones y las competencias que tiene otras unidades político-administrativas (alcaldías y gobernaciones). También se acepta el ejercicio de jurisdicciones dentro de su ámbito territorial, por parte de las autoridades indígenas legalmente constituidas. Un aspecto muy importante fue la instauración de la circunscripción especial indígena, es decir, la posibilidad de la participación política indígena con dos curules en el Congreso de la República y uno en la Cámara de Representantes. Esto abre el desarrollo de la jurisprudencia especial indígena, y el derecho a la tutela y la consulta previa. Así, la constitución de 1991 se colocaba a la vanguardia sobre derechos étnicos y autonómicos en la región latinoamericana. Sin embargo, esto configuró los dilemas de un Estado multicultural y un proceso de estacionalización o burocratización de las organizaciones indígenas problemático y contradictorio.[27]

Conclusiones

La participación indígena en la consecución de la Constitución de 1991 significó un importante avance para el reconocimiento de las demandas históricas de las organizaciones indígenas, pero, por otro lado, también conllevó nuevas dificultades, contradicciones y retos durante el proceso. Resaltamos que para los representantes indígenas y sus reivindicaciones, los cambios constitucionales basados en el reconocimiento de derechos generales y específicos (como ciudadanos y como indígenas) obedecían a la necesidad de corregir siglos de discriminación y exclusión. Los líderes se apropian del discurso e imagen de la etnicidad, y justifican y aseguran su presencia e incorporación de sus demandas en la reforma constitucional desde una performatividad efectiva, marcada por la hibridez cultural. Así, el reconocimiento jurídico de derechos étnicos para las organizaciones y movilizaciones indígenas y afrocolombianas en un contexto particular de apertura democrática y económica da continuidad a la lucha indígena en una nueva fase.

La propuesta de democracia más participativa se enmarcaba como una carta de salvación para la crisis de legitimidad del Estado. El debate sobre la participación y las propuestas para la ANC posibilitó respuestas más concretas desde las organizaciones indígenas en términos de política pública, en relación con el derecho a la educación y cultura propia, y el derecho a la propiedad territorial colectiva. La reforma constitucional redefinió la relación de los grupos étnicos con el Estado y ‘reconoció’ un amplio conjunto de derechos étnicos, llegando incluso a otorgarles el lugar de autoridades dentro de su estructura y, por ende, de administradores de las políticas públicas.

No obstante, este progresismo constitucional conllevaba dilemas y contradicciones entre el Estado multicultural colombiano y el proceso de etnización. Este último se configuraba en la diferenciación y la discriminación positiva de los ahora llamados grupos étnicos, y las políticas públicas afirmativas de inclusión gubernamental. Como bien lo señala Eduardo Restrepo (2004), el multiculturalismo colombiano se redujo a un asunto de reglamentación jurídica sobre derechos diferenciados, y a políticas públicas que enmarcaban y esencializaban radicalmente a los “otros” de la nación.[28] El periodo de 1990 a 1998, proclamado desde la ONU como la década de los derechos indígenas, transformó a los líderes y representantes indígenas en gestores y planificadores del desarrollo. La certificación de lo indio o étnico se ofició históricamente como una categoría jurídica, y se asoció en el nuevo periodo constitucionalista a su carácter minoritario, en donde sus contenidos culturales dependían del reconocimiento de sus derechos étnicos como pueblos diferenciados. Así, en el periodo pos constituyente se incrementó la violencia en los territorios indígenas, por la intervención más voraz de los proyectos mineros energéticos y la guerra sucia entre el Estado, el paramilitarismo y la guerrilla colombiana. Esto anuló el optimismo y la esperanza de la lucha indígena, tal como lo afirmaría, en un tono pesimista, el constituyente indígena Lorenzo Muelas: las leyes blancas son solo puntos negros sobre el papel.

Referencias

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Notas

[1] Este artículo hace parte de la tesis de doctorado en Historia Social de las relaciones políticas: multiculturalismo, luta pela terra e violência: a Organização Nacional Indígena da Colômbia (1975-1998) realizada en la Universidad Federal de Espirito Santo, Vitoria, Brasil y sustentada en agosto de 2019.
[2] Lorenzo Muelas Hurtado, conocido como el Taita Muelas, fue una de las figuras más importantes del Movimiento Indígena Colombiano, y logró gran visibilidad por su trabajo y representación en el proceso constituyente de 1989 y 1990.
[3] El periódico Unidad Indígena (UI) fue la principal estrategia de comunicación del movimiento indígena colombiano desde la década de 1970. En un principio era la voz inconforme del naciente movimiento indígena local y regional del departamento del Cauca, y en la medida en que se realizaban los congresos interregionales se convirtió, por sí mismo, en la memoria de los 40 años del proceso de movilización, y pasó a ser editado por la Organización Nacional Indígena de Colombia. UI, además de ser una fuente importante de memoria para la historiografía del movimiento indígena colombiano, sirvió como fundamento en el desarrollo de proyectos de comunicación de las organizaciones que se manifestaron en un radio periódico, hasta llegar a realizar programas de tv, escuela de comunicación, cineastas y productores indígenas en la actualidad.
[4] Luis Carlos Galán Sarmiento, representante del Partido Liberal y luchador contra la presencia del narcotráfico, el candidato exguerrillero proveniente del M19, Carlos Pizarro, y Rafael Pardo Leal, proveniente de la Unión Patriótica UP, partido de izquierda que nació en las conversaciones de paz con la FARC durante el gobierno de Belisario Betancur (1982-1986)
[5] En el marco de las elecciones legislativas y municipales de 1990, los sectores estudiantiles hicieron un llamado para incluir un plebiscito en favor de una convocatoria hacia la ANC, llamado la “séptima papeleta”. Así, mayoritariamente, la sociedad colombiana le dijo sí a la ANC, siendo la primera vez en la historia de Colombia y Latinoamérica que la iniciativa de una reforma constitucional provenía de la sociedad nacional (Chavarro y Rampf, 2014).
[6] Esta crisis política se basó en la aparición y consolidación de las alianzas entre las hegemonías regionales con el paramilitarismo, lo que llevó al asesinato y el exterminio sistemático de movimientos de izquierda armados y no armados como, por ejemplo, la persecución y el exterminio de la Unión Patriótica – UP. Este fue un partido político que surgió de las primeras conversaciones de paz del Estado con las FARC en 1985. Por otro lado, el Estado tuvo que hacer frente a las intervenciones y agendas políticas de los carteles del narcotráfico, especialmente el cartel de Medellín que, en 1989, asesinó al candidato liberal para la presidencia Luis Carlos Galán Sarmiento. Eso desató una movilización nacional para exigir una reformulación del Estado (Chavarro y Rampf, 2014).
[7] El Frente Nacional fue una coalición política establecida en 1958 entre los partidos tradicionales de Colombia: el Partido Liberal y el Partido Conservador. Como respuesta a la llegada de la dictadura militar en 1953, y su consolidación en el poder entre 1954 y 1956, luego de una década de altos niveles de violencia y enfrentamientos políticos radicales, los representantes de ambos partidos, Alberto Lleras Camargo (Liberal) y Laureano Gómez Castro (Conservador), se reunieron para restaurar la presencia del bipartidismo en el poder. El 24 de julio de 1956, los dirigentes firmaron el Pacto de Benidorm, en Tierras españolas, donde se estableció que durante los siguientes 16 años el poder presidencial se alternaría cada cuatro años entre un representante liberal y un conservador. El acuerdo comenzó en 1958, poco después de la caída de Gustavo Rojas Pinilla. El período del Frente Nacionalista significó una especie de dictadura de los partidos tradicionales de la Colombia liberal y conservadora, que perpetúa el clientelismo y la exclusión política (Vázquez, 1992).
[8] Cesar Gaviria Trujillo, presidente electo para el periodo de 1990-1994, convoca a los principales líderes y fuerzas sociales y políticas del país a la creación de un mandato y reglas de juego en la consecución y desarrollo de la ANC. Se determinó la elección de los 70 delegados inscritos en listas de candidatos de partidos o movimientos sociales. Se definieron el procedimiento electoral y los requisitos para ser candidato a constituyente, y se limitó la vigencia de la ANC a 150 días: del 5 de febrero al 4 de julio de 1991 (Chavarro y Rampf, 2014).
[9] Las elecciones fueron organizadas en diciembre de 1990, con el fin de escoger setenta delegados que tendrían la responsabilidad de elaborar la nueva Constitución. Este proceso buscaba la participación de diferentes sectores sociales; no obstante, en el caso indígena esta no fue directa, pues en un primer momento se impuso que los candidatos tenían que demostrar una experiencia profesional de cinco años y estudios universitarios. Estas disposiciones excluían a los representantes de sectores populares, por lo que se denunciaron como elitistas y fueron abolidas. A pesar de que supuestamente las elecciones de las constituyentes priorizaban los candidatos independientes, los partidos tradicionales, especialmente el liberal, consiguieron centralizar las candidaturas. Bajo estas circunstancias, los otros sectores tenían condiciones difíciles para la participación, por ejemplo, las organizaciones indígenas que no contaban con experiencia en los mecanismos electorales por la falta de recursos para realizar campañas y sobre todo por la falta de documentos de identidad de la mayoría de los indígenas. Por eso, algunos críticos no ven a la constituyente como un momento y espacio de inclusión para los colombianos (Chavarro y Rampf, 2014).
[10] En 1990 la junta directiva decidió que la ONIC no tendría candidatos institucionales, sin embargo, la participación política electoral se hizo por medio de partidos creados y fundados por los mismos dirigentes indígenas regionales de la Organización, entre ellas la Alianza Social Indígena (ASI), liderada por Anatolio Quirá, el movimiento indígena Colombiano – MIC, a cargo de Gabriel Muyuy, y el Movimiento Social Indígena del departamento del Chocó, liderado por Rojas Birry y la comunidad emberá en el Pacífico colombiano. Según Virgine Laurent (2005), el ASI y el MIC nacieron de las divisiones regionales y las fricciones internas de la ONIC.
[11] Francisco Rojas Birry fue elegido su representante en la constituyente dentro del marco de las alianzas con las organizaciones regionales negras, campesinas e indígenas del Pacífico, especialmente los emberá, del cual saldría su representante único (ONIC, noviembre de 1990d).
[12] Según Roldán Ortega (2000), la nueva Constitución de Colombia trascendió, sin duda alguna, las normas del Convenio (169) al abrir a los indígenas la posibilidad de llegar, por derecho propio y a través de una circunscripción electoral independiente al Congreso de la República, con sus propios representantes; lo mismo que al otorgarles la capacidad de definir, con amplio margen de autonomía política, sus propias formas de gobierno y administración internas.
[13] Para el antropólogo y filósofo chileno José Bengoa (2000), la historia del movimiento indígena en América Latina y su despertar tiene que ver con la fuerza y la ruptura del silenciamiento que por un largo tiempo configuraba el colonialismo, gamonalismo e indigenismo. Allí, la voz del indio solamente aparecía en momentos de violencia y resistencia que inevitablemente fracasaban o se perdían en el tiempo y el espacio oculto de la relación colonial. No obstante, para Bengoa (2000), este “silencio del indio” suponía una forma exitosa de resistir ante la opresión, el racismo y el servilismo.
[14] Con cerca de 502 indígenas delegados de las organizaciones indígenas regionales y más de 2 000 como asistentes, el tercer congreso quizás fue el más importante celebrado por la ONIC, no solamente por el contexto histórico que se vivía en el país sino también por la oportunidad histórica del Movimiento Indígena Colombiano de intervenir en la refundación de las bases ideológicas, políticas y jurídicas de la Nación. La ONIC demostró su capacidad de convocatoria y crecimiento como sujeto político. Una de las acciones de la ONIC fue determinar, desde las organizaciones regionales y locales, la creación y promoción de comités “pro-constituyente” y la participación activa en ellos. En primera instancia, se buscaba que las modificaciones y las propuestas sobre la legislación indígena partieran desde las comunidades y las organizaciones y no de los funcionarios o políticos ajenos (Organización Nacional de Colombia, 1990).
[15] Así se exponía en el periódico:

Es un reto porque las organizaciones indígenas las hemos construido con base en esfuerzos propios para luchar por nuestras reivindicaciones, por ello no son aparatos electoreros y están en desventaja frente a astutos politiqueros que manejan dinero y medios masivos de información. Es un reto porque la mayoría de los adultos en las comunidades no están cedulados (documento de identificación) y de los cedulados la mayoría viven lejos de los posibles centros de votación. (ONIC, junio de 1990c, n. 97, p. 3)

[16] Gabriel Muyuy, uno de los líderes más reconocidos de la ONIC, entrevistado por Santamaría (2008), comenta cómo a pesar de tener todo un bagaje en la militancia política, los indígenas se consideraban como profanos de la política electoral, y en esa medida fue muy importante la ayuda de la cooperación internacional y la asesoría de expertos no indígenas que se unieron a la causa indígena.
[17] Por primera vez, los indígenas tenían representantes en el Senado y se configuraban como principales actores en la carta constitucional de 1991 en Colombia. Fuente: ONIC. Unidad indígena. Bogotá, n. 99. p. 1. 1991.
[18] Dos organizaciones indígenas decidieron presentar candidatos: Lorenzo Muelas por las Autoridades Indígenas de Colombia AICO y Francisco Rojas Birry por la Organización Nacional Indígena ONIC. La AICO tenía apoyo en el Cauca indígena (los guámbianos) los pastos en Nariño y los indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta. Aun así, la AICO se veía más débil frente la ONIC. Los dos partidos tradicionales obtuvieron 45 delegados sobre 70 (25 para el partido liberal y 20 por el partido conservador); la nueva fuerza política la Alianza Democrática M-19 obtuvo 19 delegados y los otros sectores se repartieron los ocho restantes, dos indígenas, uno para los movimientos religiosos cristianos y evangélicos, dos para la Unión Patriótica y uno para el sector sindical. Los otros integrantes sin voto fueron para los grupos desmovilizados, el Ejército de Liberación Popular EPL y el Movimiento Armado Quintín Lame MAQL (Chavarro y Rampf, 2014).
[19] La delegación de Rojas Birry obtuvo 35.783 votos y Lorenzo Muelas le siguió con 23.000. Los dos candidatos fueron los primeros indígenas en participar en elecciones nacionales. El MAQL fue el último de los movimientos armados en negociar su desmovilización en julio de 1990 poniendo como condición la representación indígena a la ANC. El gobierno aceptó en 1991 solo un representante y en calidad de observador con derecho a intervenir, pero sin poder decisorio, es decir, sin voto (Laurent, 2014).
[21] Bhabha (2002) define el estereotipo como “forma de conocimiento e identificación que vacila entre lo que siempre está en su lugar, ya conocido, y algo que debe ser repetido ansiosamente” (pp. 100-102). Para el autor, funcionan de manera similar, porque intentan “normalizar” unas determinadas “perturbaciones” u “otredades” y a su vez da “acceso a una identidad” y En ella se encuentra la diferencia; entonces el fetiche/estereotipo produce ambivalencia: o atrae o repele, dependiendo del sujeto. Lo normal es que el creador del fetiche lo mire con deseo y complacencia, sin embargo, en el discurso colonial el fetiche/estereotipo provoca por un lado una escisión y por otro un reconocimiento de su existencia como “otro”, es decir que no se niega su existencia, sino que le brinda un lugar propio, aunque sea separado.
[22] La ley definió tres categorías jurídicas de los indios: 1. Indios Salvajes. 2. Aquellos en proceso de integración a la vida civilizada. 3. Aquellos que, ya siendo integrados a la civilización, están organizados en parcialidades y viven en resguardos o reservas. Para las dos primeras categorías el Estado delega a la Iglesia Católica. Para el tercero, que se definiría como indio campesino, el Estado mantiene su responsabilidad.
[23] Uno de los asesores más importantes del Taita fue el periodista e indigenista Víctor Daniel Bonilla, perteneciente al grupo de los solidarios y quien conocía el movimiento y los líderes pertenecientes a comunidades indígenas de todo el país.
[24] La terrajería o pago de terraje fue una relación de carácter feudal y servil, según la cual un indígena debía pagar, en trabajo gratuito dentro de la hacienda, el derecho a vivir y usufructuar una pequeña parcela ubicada en las haciendas, es decir, las mismas tierras despojadas a los resguardos indígenas por los terratenientes (Vasco, 2002).
[25] Se destacan las convenciones, declaraciones, tratados y pactos que surgen de los avances de la Organización de las Naciones Unidades - ONU sobre derechos para las minorías, y que confluye en un grupo de trabajo específico sobre poblaciones indígenas en la década de 1980. Este proceso madura hacia la aprobación del convenio 169 de la OIT que se refiere a los pueblos indígenas, y que desarrolló una jurisprudencia alrededor de las demandas étnicas sobre autonomía, libre determinación y derechos colectivos (Organización Internacional del trabajo (OIT). Convenio 169). de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, de 1989. Disponible en: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/documents/publication/wcms_345065.pdf.
[26] La prensa, según Caviedes (2008), limitó los discursos de los representantes al tema étnico, basado en el reconocimiento de las identidad indígena, gobierno propio y reconocimiento de sus territorios.
[27] Ahora las organizaciones indígenas se circunscribieron a la participación político electoral con la creación de partidos políticos. Para algunos analistas y líderes indígenas significó, si no el estancamiento de la movilización indígena, por lo menos sí supuso la transformación y fragmentación entre las organizaciones comunitarias y políticas, sus dirigentes y las comunidades que representaban. Sin embargo, observemos este cambio como la necesaria amplitud del Estado y las organizaciones en un nuevo desarrollo de constitucionalidad étnica.

Información adicional

Como citar este artículo: Diaz Uribe, M.A (2021). Performatividad política y cultural. El movimiento indígena colombiano y su participación en la Asamblea Nacional Constituyente de 1990. Jangwa Pana, 20(3), 398-417. doi: https://doi.org/10.21676/16574923.4301

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